Comisión Nacional de Seguridad
 
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Banco Nacional de Personas Extraviadas
   
 
 
El apoyo legal se otorga a familiares de menores que refieren que éstos, se han perdido, lo cual puede suceder por tres diferentes causas:
  • Por descuido o desconocimiento del lugar en el que se encuentran, por enfermedades físicas o mentales, se han extraviado;
  • Por problemas económicos, maltrato físico, adicciones, discriminación sexual, entre otros, deciden ausentarse de sus hogares; o
  • Por que han sido sustraídos por motivos como son: separación de la pareja, privación ilegal de la libertad con diferentes fines, adopciones ilegales, prostitución, pornografía infantil, secuestro, etc. En éste caso, se realizará de forma inmediata la denuncia por hechos, como puede ser la retención o sustracción de menores e incapaces o el tipo penal de que se trate, cuando ya se sabe que los hechos no corresponden al de una persona extraviada o ausente.
Tratándose de personas extraviadas o ausentes, el Sistema de Información y Atención a la Ciudadanía orienta a los familiares sobre el procedimiento que se debe seguir ante el agente del Ministerio Público, quien inicia la averiguación previa por denuncia de hechos una vez transcurridas las 72 horas de ausencia, por lo que solicita la intervención de sus auxiliares para realizar el rastreo nominal e institucional. El rastreo institucional consiste en buscar información, vía telefónica, en hospitales de urgencias del Distrito Federal, en agencias del Ministerio Público, en el Servicio Médico Forense (SEMEFO), Albergues de Protección Social, LOCATEL D.F., a fin de poder aportar indicios y localizar al menor.

Requisitos para el inicio de la Averiguación Previa correspondiente.

Para iniciar una averiguación previa es necesario que los familiares de la persona extraviada o ausente acudan con la documentación necesaria, como es acta de nacimiento, fotografía reciente y alguna identificación que cuente con huellas dactilares de la persona que se busca, aunque no son indispensables estos requisitos; el denunciante deberá llevar una identificación oficial.

Cuando es localizado el extraviado o ausente, (en el D. F.) el menor queda bajo la custodia de CAPEA, posteriormente proceden a localizar a los familiares y se gira oficio a la Agencia 59 especializada en Menores e Incapaces para que ellos se encarguen del seguimiento de la Averiguación Previa, se le practica un examen médico a fin de valorar su estado físico y se valora si requiere del servicio de Psicología, proporcionándoselo y en caso de ser necesario también a los familiares.

En el caso particular de los menores que hayan sufrido algún delito, como maltrato físico, psicológico o de agresión sexual dentro del núcleo familiar, son canalizados a la Agencia Especializada en menores para resolver su situación legal, en la que rendirá su declaración ministerial con el fin de conocer las causas que motivaron su ausencia, y saber si fue víctima de algún ilícito durante este período.

El inicio de la averiguación previa será el mismo en toda la República Mexicana, sin embargo las instituciones especializadas en estos casos, dependerán directamente de las Procuradurías Generales de Justicia de cada entidad federativa.

 
Denuncia
 
Ligas de Interés
DIF
Otros
PGR
SRE

Si Usted ha visto o tiene información que ayude a localización de alguna persona, por favor comuníquese a los teléfonos:
5598-0691 ó 5598-0793 en el Distrito Federal o bien 01800 322 9832 sin costo para todo el territorio nacional.
Correo electrónico darcontigo@segob.gob.mx